lunes, 4 de abril de 2016

Matriculación en Bachillerato para el curso 2016/17

Se ha publicado la Orden de 9 de marzo de 2016, por la que se establece el calendario común de presentación de solicitudes y plazos de admisión, y se aprueban las Instrucciones para la admisión, para el curso académico 2016–2017, de alumnos y alumnas de Bachillerato en los centros públicos y en los centros privados concertados de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV, 04-04-2016).





Calendario

Periodo de inscripción:

On line: del 2 al 11 de mayo de 2016 (se deberá adjuntar escaneada la documentación necesaria). Si el centro solicita la subsanación de algún documento, se podrá adjuntar esa documentación escaneada hasta el día 12 de mayo de 2016).
En el centro educativo: del 2 al 12 de mayo de 2016.

Las personas solicitantes tendrán de plazo hasta el día 12 de mayo de 2016, inclusive, para
solicitar la modificación o corrección posterior de alguno de los datos grabados.


Lista provisional de personas admitidas y no admitidas: 1 de junio de 2016. Los listados podrán consultarse en el centro educativo solicitado en primer lugar.
Reclamaciones a las listas provisionales: hasta el 6 de junio de 2016.
Lista definitiva de personas admitidas y no admitidas: 9 de junio de 2016.
Adjudicación de plaza en otro centro a las personas no admitidas en el centro solicitado en primera opción: el 16 de junio de 2016
Formalización de la matrícula: desde el 20 de junio al 6 de julio de 2016.
Recursos de alzada contra las listas definitivas: hasta el 11 de julio de 2016.


Cada persona podrá realizar una única solicitud, entre los días 2 y 12 de mayo de 2016, ambos inclusive. La presentación de varias solicitudes en uno o diferentes centros conllevará la pérdida de los derechos de opción del o de la solicitante, que se producirá, en todo caso, tras el preceptivo trámite de audiencia a la persona interesada. En consecuencia, las solicitudes duplicadas serán tramitadas en último lugar, una vez adjudicadas las plazas correspondientes al resto de solicitudes presentadas.

Si la solicitud se realiza en el centro elegido, la persona interesada presentará su DNI o documento identificativo y facilitará todos los datos requeridos, que serán introducidos en la aplicación informática por el personal de dicho centro. Además deberá entregar en el centro elegido la documentación que corresponda en cada caso (especialmente aquella necesaria para la posible baremación).

Si la solicitud se realiza on-line se deberán adjuntar escaneados los documentos requeridos. Tras completar la solicitud el programa solicitará una confirmación de los datos y de la documentación introducida. A continuación procederá a dar de alta la solicitud, emitiendo un recibo con todos los datos contenidos en ella.


BAREMACIÓN:

En el caso de existir más solicitudes que plazas ofertadas será necesario baremar las mismas.

El baremo para la admisión en Bachillerato se basa en los siguientes aspectos:

A) Renta anual de la unidad familiar (Puntuación máxima de este apartado: 3 puntos.)

B) Proximidad del domicilio (conceptos no acumulables)
– Domicilio del alumno o alumna en el área de influencia del centro solicitado: 5 puntos.
– Domicilio del alumno o alumna en área de influencia limítrofe a la del centro solicitado: 2 puntos.
– Domicilio del alumno o alumna en el municipio en el que se encuentre ubicado el centro, pero fuera de las áreas de influencia y limítrofes: 1 punto.
– Lugar de trabajo del padre, madre, tutor o tutora legal o del propio alumno o alumna en el área de influencia del centro solicitado: 2 puntos. (Esta puntuación es incompatible con la que se otorga por el hecho de que el padre, madre, tutor o tutora legal del alumno o alumna trabaje en el centro solicitado).
– Puntuación máxima de este apartado: 5 puntos.

C) Existencia de familiares que estudian o trabajan en el centro (conceptos no acumulables)
– Uno o más hermanas o hermanos matriculados en el centro solicitado o en un centro adscrito: 9 puntos.
– El padre, madre, tutor o tutora legal trabaja en el centro solicitado: 7 puntos.
– Puntuación máxima de este apartado: 9 puntos.

D) Otros criterios (conceptos acumulables)
– Por pertenecer a una familia numerosa de categoría general: 1 punto.
– Por pertenecer a una familia numerosa de categoría especial: 1,5 puntos.
– Por discapacidad (Puntuación máxima por este concepto: 2 puntos):
Del alumno o alumna solicitante: 2 puntos.
De su padre o madre o de su tutor o tutora legal o de alguno de sus hermanos o hermanas: 1 punto.
– Por condición de socio o socia cooperativista del centro solicitado de alguno de los miembros de la unidad familiar: 1 punto.
– Criterios libremente determinados por el Consejo Escolar u Órgano Máximo de Representación del centro, que podrán ser también alguno o algunos de los expresados anteriormente, establecidos de acuerdo con criterios públicos, objetivos y no discriminatorios por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social: hasta 2 puntos. Estos criterios deberán ser hechos públicos con anterioridad al comienzo del periodo de entrega de solicitudes.